Acuerdo Ministerial 010-2025

Acuerdo Ministerial N° 010-2025

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Estimados Lectores:

Conforme Acuerdo Ministerial MIFIC Nº 010-2025, publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial edición Nº 240 del día treinta de diciembre del año dos mil veinticinco;

Hago del conocimiento de ustedes lo siguiente:

1- Se mantienen las medidas necesarias para satisfacer la demanda de los bienes de consumo básico, sus insumos y materias primas;

A fin de que estos lleguen a la población nicaragüense a precios razonables.

2- Se amplía hasta el treinta de junio de dos mil veintiséis inclusive, el plazo de vigencia del Acuerdo Ministerial MIFIC Nº 007-2025;

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº 115 del 26 de junio de 2025.

3- Los importadores al momento de hacer efectiva la importación;

Deberán cumplir con las disposiciones aplicables en materia aduanera, tributaria, de sanidad vegetal y animal y de salud pública, de acuerdo a lo establecido en la legislación nacional.

4- Para la aplicación de la reducción del DAI se deberá digitar la preferencia arancelaria “AM73-08” en el campo 36 de la declaración aduanera bajo el régimen de importación definitiva, en el sistema informático SIDUNEA WORLD.

Para una mejor comprensión, se adjunta pdf del Acuerdo Ministerial MIFIC Nº 010-2025.

Acuerdo ministerial MIFIC N° 010-2025

La presente disposición, modifica la circular técnica número CT-80-2025 y para todos los efectos legales será publicada en la página web de la Dirección General de Servicios Aduanero con el siguiente Link:

Circular Técnica 04-2026

Agencia Aduanera ACONIC