Resolución Ministerial No. 73-2026

Resolución Ministerial No. 73-2026

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Resolución Ministerial No. 73-2026.

Requisitos para la Tramitación y Autorización de Importaciones de Productos Regulados por la ANRS.

Institución: Ministerio de Salud.
Autoridad: Meyling Lizeth Brenes Calderón, Ministra de Salud.
Contexto de la Resolución.

Mediante la Resolución Ministerial No. 73-2026, se establecen los requisitos y procedimientos para la tramitación y autorización de la importación de productos regulados por la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria (ANRS).

El objetivo de esta normativa es estandarizar el proceso administrativo para la autorización de importaciones, garantizando que los productos sujetos a control sanitario cumplan con las disposiciones establecidas por el sistema nacional de regulación sanitaria.

Además, estas disposiciones se enmarcan en las funciones regulatorias que ejerce el Ministerio de Salud, entidad encargada de supervisar la seguridad, calidad y legalidad de productos relacionados con la salud pública.

Requisitos para Solicitar la Importación.

Para presentar una solicitud de autorización de importación, el importador deberá entregar únicamente la siguiente documentación:

  1. Formato oficial de solicitud de importación.
  2. Factura proforma del producto a importar.

De esta manera, se busca simplificar el procedimiento inicial, permitiendo que la evaluación preliminar sea realizada con información básica del producto y de la operación comercial.

Requisitos para el Ingreso y Nacionalización del Producto.

Una vez autorizada la importación, y previo al ingreso y nacionalización de los productos, el importador deberá presentar la siguiente documentación:

  1. Formato oficial de solicitud

Documento administrativo que respalda la gestión ante la autoridad sanitaria correspondiente.

  1. Factura comercial

La factura deberá presentarse en original o copia con su número correspondiente, y deberá contener la siguiente información:

  • Nombre comercial del producto.
  • Presentación del producto.
  • Número de registro sanitario asignado en Nicaragua.
  • Nombre del consignante y del consignatario, incluyendo dirección y país de origen.
  • Cantidad de los productos a importar.
  • Costo unitario.
  • Monto total de la operación.
  1. Ficha técnica del producto

Este documento será requerido cuando se trate de la importación de materias primas o aditivos, con el fin de verificar sus características técnicas y su uso autorizado.

  1. Poder especial de representación

Este requisito aplicará cuando el trámite sea realizado por un representante o apoderado del importador.

  1. Documentación anexa en caso necesario

Si la factura comercial no incluye toda la información requerida, se permitirá la presentación de una hoja anexa, siempre que contenga los datos solicitados en la normativa.

Disposición de Prevalencia Normativa.

La presente Resolución Ministerial modifica o deja sin efecto cualquier resolución administrativa previa que resulte contradictoria con las disposiciones establecidas en este documento.

En consecuencia, las instituciones y operadores del comercio exterior deberán aplicar los requisitos aquí establecidos en los procesos de autorización e ingreso de productos regulados por la ANRS.

Entrada en Vigencia.

La resolución entra en vigor a partir de su fecha de emisión (19/02/2026), debiendo ser comunicada a todas las entidades y personas naturales o jurídicas involucradas en los procesos de importación de productos regulados por la autoridad sanitaria.

Resolución Ministerial 73 2026

Agencia Aduanera ACONIC