# Importación Temporal de Medios de Carga #Blogsaconic
Estimados Lectores:
En uso de las facultades conferidas por los artículos 6 y 15 de la Ley No. 339 «Ley Creadora de la DGA y de reforma a la Ley Creadora de la DGI», y artículos 425 inciso k), 444 y 639 del RECAUCA;
Se emiten las disposiciones siguientes:
1- A partir del 18 de marzo de 2019, la importación temporal de medios de transporte de carga que ingresen a la República de Nicaragua en una operación de tránsito aduanero internacional terrestre;
Transportando mercancías con destino a Nicaragua, en tránsito internacional o vacíos, será registrada en el Módulo de Vehículos en las administraciones de aduana de ingreso ubicadas en los puestos de control de frontera terrestres.
2. La declaración de importación temporal del medio de transporte de carga (unidad de tracción motriz y remolque) será registrada por el funcionario aduanero en las administraciones de aduana, al momento de la presentación de la declaración única de tránsito (DUT).
3. El valor del servicio para el registro de la declaración de importación temporal del medio de transporte de carga será de Cincuenta Pesos Centroamericanos (PCA$50);
Que deberá ser cancelado al momento de presentarse en la ventanilla a solicitar el registro de la declaración de importación temporal.
El inciso 3 está modificado por la siguiente Circular Técnica:
4. Siguiendo el principio de reciprocidad contemplado en los tratados internacionales, especialmente aquellos relacionados con la conformación del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA);
Se aplicará el cobro del valor del servicio por el registro de la declaración de importación temporal de medios de transporte de carga, únicamente a los medios de transporte de carga terrestre originarios de los países de Centroamérica que realicen cobros por registro y control de tránsitos internos y tránsito internacional terrestre.
5. Al momento que el medio de transporte salga del país, el conductor deberá presentarse en la administración de aduana de salida;
Para registrar la cancelación de la importación temporal. Este servicio se efectuará sin costo.
Para todos los efectos legales la siguiente CT está publicada en la Pagina Oficial de la DGA con el siguiente link:
Importación de Medios de Carga
Agencia Aduanera ACONIC