# Inspección de seres vivos mediante rayos x #Blogsaconic
Estimados lectores:
En uso de las facultades conferidas en el artículo 6 de la Ley Nº 339 «Ley Creadora de la DGA y de Reforma a la Ley Creadora de la DG I» y conforme el párrafo segundo del artículo 9 del CAUCA.
Se notifica y dispone lo siguiente:
La empresa Smiths Detection lnc., fabricante de equipos HCVM, notificó al concesionario de los servicios de inspección no intrusiva, Alvimer Internacional y Compañía Limitada, que:
«La FDA concluye que ninguna radioactividad detectable será inducida en alimentos cuando la energía de rayos X de 10 MeV y una dosis de 0.5 Gy no sean excedidos.
Por ende, la agencia concluye que el uso formulado de radiación X.
Producido por una fuente de máquinas con energías de 10MeV o más bajas, para inspeccionar alimentos es seguro».
Con base en lo anterior, se modifican las disposiciones establecidas en la circular técnica 15- 2016.
Pudiéndose realizar el proceso de inspección no intrusiva mediante escáner de rayos-x de manera segura en los alimentos.
En correspondencia con lo establecido en el artículo 19 de la Ley 841, se deberán coordinar los procesos de inspección con la Policía Nacional, Ejército de Nicaragua y la autoridad cuarentenaria o de salud pública, procurando la intervención de los funcionarios en un solo acto.
El dictamen sobre los efectos de la inspección con rayos-x sobre medicamentos, vacunas, plantas vivas, animales vivos, huevos fecundados para la incubación y cultivo de microrganismos.
Será evacuado y notificado cuando se conozca el dictamen del fabricante.
Para todos los efectos legales la presente CT está publicada en la pagina oficial de la DGA con el siguiente link.
Inspección de seres vivos mediante rayos x.
Agencia Aduanera Aconic.