# Modificación del Formulario de Viajero #Blogsaconic
Estimados Lectores:
Conforme las disposiciones contenidas en el artículo 6 del CAUCA, artículos 5 y 639 del RECAUCA, hago del conocimiento de ustedes lo siguiente:
En primer lugar:
A partir del 27 de agosto del 2021, el modelo del formulario de la declaración de viajero, será el establecido conforme Anexo I de la presente circular técnica, conservando las dimensiones de 13.8 centímetros de ancho por 21 centímetros de largo.
2- El formulario electrónico de la declaración aduanera del viajero que ha sido puesto a disposición de los viajeros en el sitio web oficial de la DGA.
www.dga.gob.ni y la versión PDF descargable también han sido actualizados conforme al anexo de la presente circular.
3- Las empresas de transporte internacional de pasajeros podrán agotar el inventario de los formularios de declaración impreso conforme al modelo publicado en la circular técnica 102-2017 “Modificación del formulario de la declaración de viajero”;
Debiendo colocar sobre cada formulario un sello que indique el aviso de que el formulario de declaración debe ser completado por cada viajero.
El sello indicado, se deberá colocar en la parte superior izquierda de cada declaración, reflejando el aviso en idioma español e inglés y se reproducirá bajo las características indicadas a continuación:
4- Al finalizar la existencia de inventarios de declaraciones conforme lo indicado
en el numeral precedente;
Las empresas de transporte internacional de pasajeros deberán implementar el nuevo formulario establecido en la presente inmediatamente después de agotado dicho inventario.
5- Las administraciones de aduana garantizarán que los inspectores, aforadores y demás personal técnico cumplan y hagan cumplir la presente disposición.
La presente CT modifica a la CT-107-2017 y para todos su efectos legales está publicada en la pagina oficial de la DGA:
Agencia Aduanera Aconic
Modificación del Formulario de Viajero