# Acuerdo Ministerial MIFIC N° 007 2025 #BlogsACONIC
Estimado Lectores:
Conforme Acuerdo Ministerial MIFIC N° 007 2025, publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial edición N°. 115 del día veintiséis de junio del año dos mil veinticinco;
Se hace del conocimiento de ustedes lo siguiente:
1- Se mantienen las medidas necesarias para satisfacer la demanda de los bienes de consumo básico para que estos lleguen a la población nicaragüense a precios razonables.
2- Se amplia hasta el día treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco inclusive, el plazo de vigencia del Acuerdo Ministerial MIFIC N° 016-2024, publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial N° 02 del ocho de enero del año dos mil veinticinco, relativo a la aplicación de reducción de los Derechos Arancelarios de Importación (DAI).
3- Los importadores al momento de hacer efectiva la importación, deberán cumplir con las disposiciones aplicables en materia aduanera, tributaria, de sanidad vegetal y animal y de salud pública, de acuerdo a lo establecido en la legislación nacional.
4- Para la aplicación de la reducción de los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) se deberá digitar la referencia arancelaria “AM73-08” en el campo 36 de la declaración aduanera bajo régimen de importación definitiva, en el sistema informático SIDUNEA WORLD.
Para una mejor comprensión, se adjunto la transcripción literal del Acuerdo Ministerial MIFIC N° 007 2025.
para todos los efectos legales, la presente disposición será publicada en el sitio WEB de la DGA con el siguiente Link:
Agencia Aduanera ACONIC
Buen día, existe una CT para los tipos de embales a declarar tanto en las Ducas como en la declaración aduanera?