# Certificado de Exportación de INPESCA #BlogsAconic
Estimados Lectores:
Observando los principios de coordinación en la aplicación de controles conforme a los artículos 1 O del CAUCA y 13 del RECAUCA y atendiendo comunicación del Cro. Edward Jackson Abella, Presidente Ejecutivo de INPESCA.
Se les comunica que:
1- La emisión del certificado de exportación de productos provenientes de la acuicultura establecido en el artículo 165 del Decreto Ejecutivo 9-2005 «Reglamento de la Ley Nº489 Ley de pesca y acuicultura» y que se extiende por el Instituto Nicaragüense de la Pesca y Acuicultura (INPESCA).
Se encuentra en proceso de automatización.
2- El nuevo modelo a ser emitido en INPESCA, se ilustra en el Anexo de la presente circular técnica y sustituirá el anterior modelo que se llenaba a mano y en papel color celeste.
3- Mientras finaliza el proceso de pilotaje iniciado por las autoridades de IN PESCA para realizar la transición del procedimiento manual hacia el procedimiento automatizado.
Ambos formularios serán igualmente válidos.
4- Los Administradores de Aduana, Delegados de Aduana y Jefes Técnicos deberán asegurar que las declaraciones de exportación de productos provenientes de la acuicultura se acompañen del certificado de exportación emitido por INPESCA en la forma que ha sido indicada.
Para todos lo efectos legales esta CT esta publicada en la pagina oficial de la DGA con el siguiente Link:
Agencia Aduanera Aconic
Certificado de Exportación de INPESCA