Implementación del VESA

Implementación del VESA

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Estimados Lectores:

Atendiendo la necesidad de simplificar los trámites aduaneros, de optimizar las herramientas informáticas aduaneras y con el fin de preservar la salud de la población ante la pandemia generada por el COVID19, sobre la base establecida en la Ley 691 “Ley de Simplificación de Trámites y Servicios en la Administración Pública·, Ley No. 339 “Ley creadora de la Dirección General de Servicios Aduaneros y de reforma a la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos·, en aplicación de los artículos 31,35, 36, 37, 40 y 130 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA) así como los articulas 171, 173 y 639 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA), para efectuar las solicitudes de trámites aduaneros administrativos a través de la Ventanilla Electrónica de Servicios Aduaneros (VESA);

Se deberán observar las disposiciones generales siguientes:

1. A partir del 18/05/2020, será implementada la Ventanilla Electrónica de Servicios Aduaneros (VESA);

Herramienta que permitirá realizar la gestión de los servicios brindados por la DGA, a través de su página web.

2. Para familiarización, uso adecuado y optimización de la herramienta VESA se ha publicado el manual de usuario de la misma;

Que forma parte integrante de la presente Circular Técnica y está disponible en la página web de la DGA, en el siguiente link:

Manual

3. Todos los requisitos de los servicios atendidos en las diferentes divisiones y direcciones de la sede central de la DGA;

Establecidos por categorías, se describen en el Anexo I de la presente circular técnica, el cual se encuentra disponible para consulta en el sitio web en la dirección dga.gob.ni. desde la opción “Servicios en linea” en la categoría “Trámites y requisitos”

4. La gestión en linea de cualquiera de los servicios atendidos en la Dirección General de Servicios Aduaneros;

podrá ser realizada por toda persona natural o jurídica registrada en el Módulo de Gestión de Usuarios o ciudadanos en general que requieran realizar trámites ante la DGA. Los usuarios que no tengan acceso al Sistema Informático Aduanero SIDUNEA World, deberán realizar el proceso de registro correspondiente.

En el caso de personas naturales o Jurídicas que requieran realizar sus solicitudes de forma presencial, podrán hacerlo en el Departamento de Servicios Aduaneros al Usuario (SAU). 

5. Los usuarios que realicen sus gestiones de forma presencial, deberán presentar su cédula de identidad y recibo de pago original.

Para el retiro de la respuesta del servicio solicitado.

6. Cuando el servicio no sea solicitado por el interesado en su propio nombre y representación;

La persona que este faculte para efectuar la solicitud, deberá acreditar su representación mediante poder otorgado en escritura pública o mediante poder especial de representación y ser reflejado como “Peticionario” en el recibo de pago del servicio correspondiente.

7. El pago de los trámites aduaneros deberá realizarse de forma electrónica conforme el procedimiento establecido en el “Manual de Procedimientos Pago Electrónico de Derechos, Impuestos, Servicios y demás Obligaciones Aduaneras (PETSA)” vigente al momento del pago.

Los usuarios que no posean cuenta bancaria deberán acudir a las ventanillas de las entidades bancarias autorizadas a solicitar el servicio de pago electrónico.

8. Para realizar el pago a través del módulo de pago electrónico de derechos, impuestos, servicios y demás obligaciones aduaneras (PETSA);

Se deberá observar lo establecido en el “Manual de Procedimientos Pago Electrónico de Derechos, Impuestos, Servicios y demás Obligaciones Aduaneras (PETSA)” vigente al momento del pago, Circular Técnica 086/2015 “Implementación de la nueva versión del pago electrónico de derechos, impuestos, servicios y demás obligaciones aduaneras (PETSA)” y Circular Técnica 146/2017 “Implementación de la versión 5.0 módulo de pago electrónico de derechos, impuestos, servicios y demás obligaciones aduaneras (PETSA)”, que se encuentran disponibles en la página web de la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA),

9. El proceso de registro a la VESA se realizará conforme lo descrito en el Manual de Usuario de la Ventanilla Electrónica de Servicios Aduaneros.
10. Disposiciones especiales:

a) El pago de los servicios se realizará en cuentas diferentes, según la moneda y entidad bancaria, conforme el siguiente detalle:

 

 

Inciso 10 y 11 

La siguiente CT está publicada en la pagina oficial de la DGA con el siguiente link:

CT-050-2020

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Agencia Aduanera Aconic