Importación Temporal Durante Cumbre Empresarial

Procedimiento para la importación temporal de mercancías a ser exhibidas durante la "XVII Cumbre Empresarial China Latinoamérica y El Caribe.

# Importación Temporal Durante Cumbre Empresarial #Blogsaconic

Estimados Lectores:

En uso de las facultades conferidas por los artículos 5 y 639 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA), con base a la Ley No. 339 «Ley Creadora de la Dirección General de Servicios Aduaneros y de Reforma a la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos» y su correspondiente reglamento y a la Ley Nº 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, para una mejor aplicación de la legislación aduanera y conexa, damos a conocer el procedimiento para la importación temporal de mercancía a ser exhibidas durante la «XVII Cumbre Empresarial China – Latinoamérica y El Caribe»:

1- Registros previos:

1. Las personas interesadas en importar temporalmente mercancías en el marco de la XVII Cumbre Empresarial China – Latinoamérica y El Caribe, deberán completar el formulario de registro en el sitio web del evento:

Cumbre Empresarial

En formulario de registro se deberá registrar entre otros, la descripción, valor y cantidad de mercancías que ingresarán al territorio aduanero y la agencia aduanera con la cual se formalizará el despacho aduanero, y se cargará ·copia en idioma inglés o español de la documentación siguiente:

a) factura comercial o la lista detallada de las mercancías que deberá contener: unidad de medida, cantidad, descripción, comercial y valor en dólares (USO).

b) En el caso de las mercancías que arriben como carga, el documento de transporte (B/L, AWB o Carta de Porte)

c) Tarjeta de circulación o registro vehicular del medio de transporte, en caso que el participante tenga previsto ingresar por frontera terrestre conduciendo un vehículo.

2. La documentación relacionada con las mercancías (factura, lista de mercancías, documento de transporte según el tipo de tráfico, etc.) debe consignarse indicando «Nombre del expositor/XVII Cumbre Empresarial China – Latinoamérica y El Caribe».

3. Una vez que el importador complete el registro en el sitio web oficial del evento, la autoridad aduanera registrará de oficio el RUC ocasional del importador para que tenga acceso al sistema informático aduanero Sidunea Word y emitirá el documento de registro del RUC y el de autorización de importación temporal de las mercancías. La autoridad enviará esta información por correo electrónico al importador y a la agencia aduanera que él haya designado para representarle.

4. En caso de que las mercancías objeto de importación temporal estén sujetas al cumplimiento de obligaciones no arancelarias, la agencia aduanera registrada debe gestionar, antes de su ingreso, las licencias, permisos y demás autorizaciones aplicables.

2- Registro de la DUCA:

  1. Una vez que la agencia aduanera emita la autorización de importación temporal, podrá registrar en el sistema informático aduanero la declaración de importación temporal de las mercancías, la cual estará exenta de rendir garantía por el monto de las obligaciones tributarias eventualmente aplicables; no obstante, deberá cancelar las tasas por los servicios que correspondan.

La agencia presentará igualmente la declaración ante la administración de aduana de despacho, conforme a los procedimientos establecidos al efecto.

  1. La autoridad aduanera podrá registrar de oficio la declaración de importación temporal en el puesto de control en fronteras de entrada de las mercancías al país cuando el valor en aduana no exceda los PCA$2,000 (dos mil pesos centroamericanos) y cuando las mercancías no estén sujetas a cumplimiento de obligaciones no arancelarias.

  2. En los casos en que los expositores y participantes traigan consigo mercancías destinadas a la XVII Cumbre Empresarial China – Latinoamérica y El Caribe como parte de su equipaje, registrarán dichas mercancías en el módulo de modalidades especiales bajo la categoría salida libre.

Para salir del territorio nacional, el viajero debe presentar a la autoridad aduanera el comprobante de ingreso de las mercancías al territorio nacional bajo la modalidad especial de equipaje viajero, mediante la presentación del boucher de «salida libre».

3. Cancelación del régimen de importación temporal con reexportación en el mismo estado.

1- Las mercancías comercializadas durante la Cumbre para uso o consumo definitivo en Nicaragua;

Están sujetas a la presentación por conducto de la agencia aduanera registrada de la declaración de importación definitiva y al cumplimiento de las obligaciones tributarias y regulaciones no arancelarias aplicables.

Cuando la declaración de importación temporal con reexportación en el mismo estado haya sido registrada de oficio por la autoridad aduanera, o haya ingresado como parte del equipaje de viajero, corresponderá a dicha autoridad el registro de oficio de la declaración de importación definitiva con base a la información proporcionada por el interesado, la cual está igualmente sujeta al cumplimiento de las obligaciones tributarias y regulaciones no arancelarias aplicables

2- Las mercancías que no sean comercializadas y se retornen en el mismo estado en que ingresaron, deberán destinarse al régimen de reexportación una vez concluida la cumbre; la declaración de reexportación deberá ser presentada por conducto de la agencia aduanera designada o de oficio por la autoridad aduanera, según se haya registrado la declaración de importación temporal.

4. Disposiciones finales:

1. Las mercancías que arriben al país como carga para uso en la XVII Cumbre Empresarial China -Latinoamérica y el Caribe, deberán enviarse con flete «Pre pagado» y consignarse en los documentos de transporte de la manera siguiente: Nombre del Participante: XVII Cumbre Empresarial China -Latinoamérica y El Caribe 2024; Dirección: De los Semáforos del Ministerio del Interior, 4 cuadras al norte, 4 cuadras al oeste. Managua, Nicaragua; Datos de Agencia Aduanera: Denominación o razón social, número de teléfono y correo electrónico.

2. Las mercancías deberán contar con su marca de embarque con la información siguiente: Nombre del Participante/ XVII Cumbre Empresarial China – Latinoamérica y El Caribe 2024 además del Peso Bruto, Peso Neto y Dimensiones.

3. La fecha límite para el ingreso de las mercancías destinadas a la XVII Cumbre Empresarial China – Latinoamérica y El Caribe 2024;

Será el día 11 de noviembre de 2024, las mercancías que ingresen posterior a dicha fecha, estarán obligadas al cumplimiento de todos los trámites y requisitos establecidos para el régimen de importación temporal con reexportación en el mismo estado.

4. Los interesados podrán consultar la Guía de Envíos de Mercancías, en la pestaña de «Recursos» del sitio web del evento en la cual se encuentra publicada entre otras, la información pertinente a las tasas por servicios prestados por la Dirección General de Servicios Aduaneros y el listado de obligaciones no arancelarias.

Para todos los efectos legales la siguiente CT estará publicada en la pagina oficial de la DGA.

CT/113/2024

Agencia Aduanera ACONIC

Importación Temporal Durante Cumbre Empresarial