Permisos para la Exp/Imp de Plaguicida

Permisos para la Exp/Imp de Plaguicida

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Autorización de permisos para la importación o exportación de plaguicidas de uso doméstico y uso profesional.

Estimados lectores:

En uso de las facultades conferidas en los artículos 6 del CAUCA, 5 y 639 del RECAUCA y en atención a comunicación suscrita por la compañera Yelba López G., Directora de la CNRCST;

CNRCST (Comisión Nacional de Registro y Control de Sustancias Tóxicas)

Es el Encargado en Regular y Coordinar las políticas, acciones y actividades relacionadas con la importación, exportación, producción, comercialización, distribución, uso y consumo; monitoreo y fiscalización, de todo lo relacionado a las Sustancias Tóxicas, peligrosas y otras similares, a fin de prevenir posibles daños a la salud humana, el medio ambiente y la agricultura.

Hago del conocimiento de ustedes lo siguiente:

Los permisos para la importación o exportación de plaguicidas de uso doméstico y uso profesional;

Serán emitidos por la Comisión Nacional de Registro y Control de Sustancias Toxicas;

A través de los formatos presentados en los Anexos 1 y 2 de ésta circular técnica.

Los anexos estarán contenido en el siguiente link.

Anexos

La presente CT se encuentra publicada en la pagina oficial de la DGA con el siguiente link:

CT/019/2016

Agencia Aduanera ACONIC

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