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Estimados lectores:
En uso de las facultades conferidas por los artículos 6 y 130 del CAUCA, artículos 5 y 639 del RECAUCA, y con el objetivo de brindar facilidades para la realización del transito aduanero nacional e internacional terrestre de mercancías, bajo condiciones de seguridad para la conducción de los medios de transporte que transiten por las diferentes rutas fiscales del país, hago de su conocimiento actualización de rutas y plazos para la realización del transito aduanero nacional e internacional terrestre de mercancías, conforme ANEXO I y ANEXO II de la presente circular técnica, conforme detalle siguiente.
Ruta Legales
ANEXO I
Plazos y rutas para el transito aduanero nacional terrestre.
ANEXO II
Plazos y rutas para el transito aduanero internacional terrestre.
Las nuevas rutas para el tránsito aduanero nacional e internacional terrestre se identifican mediante doble raya (II) en el margen izquierdo de la tabla de cada uno de los anexos.
La presente ct deroga las circulares 048/2017, 101/2019, 137/2021 y 78/2022 y entro en vigencia el 01 de diciembre de 2023.
Para todos los efectos legales será publicada en el sitio oficial de la DGA.
Actualización de rutas legales y plazos para la realización de transito aduanero.
1 de noviembre del 2023