VUCEN Aviso 07-2024

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Autorización para la Exportación de Tabaco, Productos de Tabaco y sus Accesorios.

Conforme a lo establecido en los artículos 1, 5 y 6 de la Ley No. 1147 “Ley creadora de la Ventanilla Única de Comercio Exterior de Nicaragua (VUCEN)” y la Ley No. 727 “Ley para el Control del Tabaco” y el Decreto Ejecutivo No. 41-2011, Reglamento de la Ley No. 727, y Resolución Administrativa 0009/2024 «Requisitos y Procedimientos de Autorización de Importación y Exportación de Productos Regulados por la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria (ANRS), se dan a conocer las disposiciones siguientes:

1. A partir del día lunes 2 de septiembre del año 2024, las solicitudes de autorización de exportación de tabaco, productos de tabaco y sus accesorios, aprobado por el Departamento de Regulación de Toxicología, de la Dirección de Regulación en Salud (ANRS), se gestionarán en la Plataforma Tecnológica VUCEN a través del Sistema de Exportaciones,;

Conforme el procedimiento descrito en el Anexo I de la presente.

2. En el registro del trámite de exportación (Pestaña “Requisitos”), el exportador o su representante autorizado, deberá vincular el Permiso, presionando el botón “Documentos Sugeridos” y completar la información requerida por el Departamento de Regulación de Toxicología para la autorización de la exportación.

3. El monto a pagar por el servicio de autorización de la exportación, será calculado con base a la cantidad de facturas registradas en el trámite y la tasa establecida por la ANRS.

4. El pago por el servicio de autorización de la exportación, se deberá realizar a través de la BANCANET 3.0 de LAFISE BANCENTRO.

5. Aprobada la autorización de exportación, el usuario podrá imprimirlo desde la pestaña “Requisitos” del Sistema de Exportaciones.

6. La validez de la autorización generada desde el Sistema de Exportaciones y los datos que contiene, podrán ser verificados a través de la lectura del código QR impreso en el permiso, por lo que no será requerida firma y sello por parte de la ANRS.

7. Los usuarios que no puedan realizar el pago por servicio de autorización de exportación a través de la BANCANET 3.0, deberán realizar la solicitud de forma presencial en las oficinas de ANRS/MINSA Central.

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