Exoneración de Gases

Exoneración de Gases

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En uso de las facultades conferidas por los artículos 6 y 15 de la Ley 339 “Ley Creadora de la Dirección General de Servicios Aduaneros y de Reforma a la Ley
Creadora de la Dirección General de Ingresos”, en observancia de la “Ley N 691, Ley de Simplificación de Trámites y Servicios en la Administración Pública”, artículo 127 numeral 12de la Ley N °•822, “Ley de Concertación Tributaria” y del artículo 89 numeral 8 del Decreto 01-2013 “Reglamento de la Ley Nº 822, ley de Concertación Tributaria” a fin de facilitar y agilizar los trámites para aplicar exoneraciones en la importancia de gas propano, gas butano, y sus mezclas, se da a conocer lo siguiente:

Procesos Para Exonerar Gases
  • Desde el 28 de marzo de 2018, ya no es necesario gestionar la autorización de exoneración mediante MODEXO para importar gas propano, gas butano y sus mezclas.
  • La exoneración en importaciones de gas propano, butano y mezclas es automática en Sidunea World.

Se aplica con el código adicional 722 en el campo 37 de la declaración.

Para todos los efectos legales, la presente circular técnica será publicada en el sitio WEB de la DGA, en la dirección siguiente:

https://www.dga.gob.ni

Agencia aduanera Aconic